Prevención de contagios en el sistema penitenciario #covid-19
Publicado en Revista FACTUM
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Ante los casos ya confirmados de Covid-19 en El Salvador y las primeras proyecciones estadísticas, se puede proyectar que el comportamiento de la primera semana es de acuerdo con las curvas de otros países y, levemente, con tendencia al alza. Esperemos que disminuya y se controle, pero uno de los sectores en donde se deben tomar estrictas medidas de prevención, contención y control de la llegada del virus son nuestros centros penales a escala nacional.
El sistema de centros penales es uno mal diseñado desde sus orígenes. Desde principios de este siglo, se desarrolló allí dentro una sobrecarga y hacinamiento que solo ha generado inconvenientes a todo nivel y facilitó múltiples enfermedades respiratorias y de la piel, pero también degeneración de órganos y sistemas. Desde la administración gubernamental anterior de Centros Penales se inició un proceso de transformación de los centros de cumplimiento de penas, centros de detención menor y granjas penitenciarias que fueron positivos y registraron avances.
La actual administración, en diez meses, ha profundizado los cambios y ha implementado sus propias disposiciones que han generado resultados positivos en orden, limpieza, control, alta inspección, y otros de los que no existe duda de que el control de los mismos está en las autoridades de la Dirección General de Centros Penales; pero, ante la presencia del Covid-19 y los primeros casos de contagio internos en el país, existe un alto riesgo de que el virus comience a infectar a más personas y que muchos asintomáticos continúen afectando su entorno.
En nuestro sistema penitenciario existen 37,500 privados de libertad al 23 de marzo de 2020, sumados a cerca de 3,000 detenidos en las bartolinas de la Policía Nacional Civil, lo cual convierte a los centros de detención de personas imputadas, procesadas y condenadas en una verdadera bomba de tiempo ante el virus, debido a su alta capacidad de contagio.
Por lo anterior, recomiendo que en primer lugar se puedan considerar, implementar y reforzar las disposiciones que la Organización Mundial de la Salud ha publicado en Europa por medio de una guía provisional que se titula “Preparación, prevención y control del Covid-19 en las cárceles y otros lugares de detención” y que es integral para todos los operadores y personas relacionadas.
Nuestro sistema penitenciario cuenta con una población considerable de personas que superan los 60 años y que estarían en altísimo riesgo, como otras con enfermedades crónicas. Los hábitos de higiene en nuestros internos e internas no han sido preocupación del sistema penitenciario. ¿Qué podemos esperar si el tratamiento penitenciario no es prioridad? La alimentación, el hacinamiento y la educación para los internos no son aceptables de ninguna manera. Por ello, hay mayor vulnerabilidad.
En segundo lugar, mi sugerencia es que se implementen otras medidas legales como la detención domiciliaria para capturados en esta emergencia y hacer uso de las tobilleras electrónicas, además de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la libertad condicional, utilizando también estos dispositivos. Debe también considerarse la figura jurídica de los indultos que están en proceso en la Asamblea Legislativa, priorizando los grupos de riesgo y otros que puedan mocionarse. Y de ser necesario, presentar en la Asamblea Legislativa propuestas para reformas, temporales y permanentes, dentro de la emergencia nacional.
Será importante mejorar los controles y supervisión con los custodios penitenciarios, personal administrativo y técnico, proveedores de alimentación y las mismas jefaturas, ya que entran y salen de los centros penales. Además, prestar atención en las bartolinas policiales, ya que después los detenidos son trasladados a los penales.
Hay que anticiparse. De lo contrario, podrían comenzar a presentarse amotinamientos de los internos e internas que generen otros problemas como posibles planes de fuga y huelgas de hambre. Se cuenta con el valioso apoyo técnico y asesoría del Comité Internacional de la Cruz Roja-CICR. Hay que aprovecharlo. Sin duda, el aporte de las juezas y jueces de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena y sus equipos de apoyo serán fundamentales para lograr los dictámenes individuales y se les agradece su esfuerzo y trabajo extraordinario.
*Ricardo Sosa es experto en seguridad y criminología. Asesor y consultor. Postgrado en Seguridad Nacional y Desarrollo del Colegio de Altos Estudios Estratégicos-CAEE, postgrado en Criminología y Psicología Forense, y en Ciencias Forenses.
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